El pasado 11 de junio la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata decidió en la causa “C., F. c/ Facebook Argentina SRL s/ Habeas data”. El caso fue iniciado por F. C., un militante político universitario que se mostraba comprometido con las luchas feministas, que interpuso una demanda solicitando se eliminen unas publicaciones de Facebook e Instagram en las que se lo acusaba de haber ejercido actos de violencia contra una ex pareja y compañera de la Universidad. En su presentación, F. C. manifestó haber sido “víctima de difamaciones anónimas” que implicaban “una patente vulneración de sus derechos a la imagen, honor e intimidad”.
En primera instancia, el Juzgado Federal Nº 1 de La Plata hizo lugar a la petición efectuada por F. C. y manifestó que los contenidos publicados en las redes sociales de la “Comisión de Géneros de la F…” no representaban “un interés informativo serio, imperante y útil para la sociedad”, destacando que F. C. no era funcionario público ni una “personalidad pública” para que tales manifestaciones sobre su “vida privada” tuvieran relevancia alguna. Ante esta resolución, Facebook interpuso un recurso de apelación argumentando, entre otras cuestiones, que la sentencia vulneraba la libertad de expresión, ya que el contenido de las publicaciones es de interés público y la eliminación constituiría una forma de censura.
La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata decidió revocar la sentencia de primera instancia. El Juez Vallefín, uno de los integrantes del tribunal, argumentó que tanto F.C. como la “Comisión de Géneros de la F…” eran actores de la vida política universitaria que hicieron público su compromiso con las luchas feministas. En este sentido, entendió que el contenido de los dichos estaba vinculado con el ámbito de la política universitaria, por lo que no se trataba de la difusión de un hecho privado sino de “exhibir la insostenible dualidad de conductas” de F.C., quien se mostraba a favor de consignas feministas pero ejercía violencia contra su pareja, por lo que se trataba de “un discurso de denuncia política, no de descalificación personal”.
En su decisión, el Juez Vallefín también resaltó que “La tajante división entre la esfera pública y privada, sencilla de trazar en los casos extremos, se torna más borrosa en esta causa. El feminismo, que comenzó reivindicando un lugar en el espacio público para las mujeres, la reivindicación de ciudadanía en la revolución francesa, el derecho al sufragio en el siglo XIX, ha terminado cuestionando los conceptos clásicos de lo público y lo privado, y ha llevado al espacio público temas que se han considerado exclusivos del espacio privado (planificación familiar, aborto, violencia doméstica, etc.), ensanchando de este modo el ámbito de la política”.
El fallo cobra especial relevancia en el contexto actual, donde la violencia política contra las mujeres (y la militancia universitario es sin duda una expresión de la política) es un fenómeno extendido pero aún relativamente poco explorado en nuestro país. En un estudio realizado por ELA en 2018, que entrevistó a legisladoras nacionales y de la ciudad de Buenos Aires, reveló que 8 de cada 10 habían sufrido violencia de género en algún momento de sus trayectorias políticas. La mayoría de los hechos ocurrieron cuando las víctimas eran militantes, lo que destaca la importancia de trabajar al interior de los partidos políticos y espacios de militancia para prevenir y erradicar las violencias contra mujeres e integrantes del colectivo LGBT+. Es imprescindible contar con el compromiso real de las dirigencias de los partidos y específicamente de los militantes varones en el reconocimiento de este fenómeno.
Las redes sociales constituyen un ámbito donde tiene lugar una parte significativa de los debates de la agenda política en la actualidad, donde resulta demasiado frecuente la agresividad y ataques concretos contra mujeres y disidencias, en particular si son jóvenes. En el estudio realizado por ELA el 71% de las legisladoras entrevistadas mencionó haber recibido violencia a través de internet. El impacto aleccionador que persiguen estas expresiones operan además como barreras que pueden disuadir a otras personas de iniciar o sostener una participación activa en la vida política. Sin embargo, cuando las redes sociales son utilizadas para realizar manifestaciones públicas en contra de actos de violencia cometidos por algún militante, quienes son acusados recurren a la justicia como estrategia para intentar deslegitimar esos relatos.
Internet no es un mundo aparte y las redes sociales constituyen un espacio donde transcurre buenas partes de nuestras vidas, donde se replican comportamientos que traemos desde lo “offline”. Por tanto, si hablamos de construir un mundo más igualitario pretendemos que ese mundo online sea también un espacio libre de violencias y que permita la libre expresión de quienes legítimamente intentan visibilizar lo que muchas veces es invisible. Esa “insostenible dualidad de conductas” de algunos integrantes de partidos políticos, que revindican ciertos ideales en el ámbito público que no se corresponden con el accionar que sostienen con sus compañeras de militancia en otros espacios.