Justicia ElectoralLa justicia electoral en la Provincia de Neuquén es la encargada de la aplicación de la Ley Reglamentaria del Funcionamiento de los Partidos Políticos - Ley Nº 716 y la Ley N°3053 que fija las bases del sistema electoral provincial. El Juzgado Electoral Provincial de Neuquén es el órgano que vela por la aplicación de estas leyes controlando también la organización y actividad de los partidos políticos, y organizando los procesos electorales. Las funciones asignadas al juez electoral deben ser desempeñadas por un juez de Primera Instancia designado por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia. A su vez, la Junta Electoral Provincial está integrada por el presidente, dos (2) de los vocales y el fiscal del Tribunal Superior de Justicia, y el juez electoral de la Provincia. Es presidida por el presidente del Tribunal Superior de Justicia, con voz y voto. En caso de renuncia, excusación, recusación o impedimento de cualquiera de sus miembros, son remplazados por sus subrogantes legales. Es la Junta la que forma, corrige, e imprime las listas provisionales y los padrones definitivos. También atiende los reclamos de los ciudadanos/as y apoderadas/os de los partidos políticos. Debido a sus facultades es el Juzgado Electoral Provincial, creado por la Ley 2250 y la Junta Electoral los organismos encargados de las regulaciones impuestas por la Ley N°3053 que fija las bases del sistema electoral provincial, y la Ley Nº 716 Reglamentaria del Funcionamiento de los Partidos Políticos - Ley Nº 716. Esta normativa es fundamental para hacer efectiva la participación política igualitaria de las mujeres en los procesos electorales.