Justicia ElectoralLa justicia electoral en la provincia de San Juan es la encargada de la aplicación de la Ley provincial Nº 7541 sobre el estatuto de los partidos políticos y el Código Electoral Provincial (Ley N°2348). El Tribunal Electoral Provincial de San Juan es el órgano que vela por la aplicación de estas leyes controlando también la organización y actividad de los partidos políticos, y organizando los procesos electorales. El Tribunal Electoral se integra por dos miembros de la Corte de Justicia, designados por sorteo público, y por el o la Fiscal General de la Corte de Justicia, con asiento en la Provincia. Duran cuatro años en sus cargos y funcionan en la forma que la Ley determina. El Tribunal forma, corrige, e imprime las listas provisionales y los padrones definitivos. También atiende los reclamos de los ciudadanos/as y apoderadas/os de los partidos políticos. Debido a sus facultades es el Tribunal Electoral el encargado de las regulaciones impuestas a la Ley provincial Nº 7541 sobre el estatuto de los partidos políticos y el Código Electoral Provincial (Ley N°2348), por la Ley Provincial Nro 2.198 que establece la paridad de género en la elaboración de las listas de candidatas y candidatos a los cargos electivos de los cuerpos colegiados legislativos, tanto en el orden provincial como municipal. Esta normativa es fundamental para hacer efectiva la participación política igualitaria de las mujeres en los procesos electorales.