Monitoreo 2019

Córdoba

A partir de datos proporcionados por las páginas oficiales de los gobiernos provinciales, el relevamiento de 2019 consistió en la revisión de los siguientes aspectos: si la jurisdicción posee o no una ley provincial de paridad; el porcentaje de mujeres que poseen un cargo en el poder legislativo provincial; el porcentaje de mujeres que ocuparon un lugar en las listas electorales conformadas por los distintos partidos políticos durante las últimas elecciones; la proporción de mujeres que encabezaron alguna lista electoral durante las últimas elecciones; cuántos incumplimientos a la ley de paridad o ley de cupo -según corresponda- hubo durante las últimas elecciones, y si los hubo, los motivos del incumplimiento. 

Referencias
MMujeres
VVarones

Actualizado a junio de 2020

Poder Ejecutivo

GobernadorV
VicegobernadorV
Mujeres
Varones

Ministerios

Ministerio de GobiernoV
Ministerio De FinanzasV
Ministerio de Industria, Comercio y MineríaV
Ministerio de Agricultura y GanaderíaV
Ministerio de EducaciónV
Ministerio de Justicia y Derechos HumanosV
Ministerio de SaludV
Ministerio de Obras Públicas y FinanciamentoV
Ministerio de Desarrollo SocialV
Ministerio de Ciencia y TecnologíaV
Ministerio de TrabajoV
Ministerio de Servicios PúblicosV
Ministerio de SeguridadV
Ministerio de CoordinacionM
Ministerio de la MujerM
Total Ministerios 15
Cantidad de Mujeres 2
Mujeres
Varones

Poder Legislativo

Legislatura

Posición Cantidad
Mujeres 34
Varones 37
Total Legisladores 71
Mujeres
Varones

Corte Suprema

PresidenteM
VocalM
VocalV
VocalV
VocalM
VocalV
VocalV
Total integrantes 7
Cantidad de Mujeres 3
Mujeres
Varones

Justicia ElectoralLa justicia electoral en la Provincia de Córdoba es la encargada de la aplicación de la Ley N° 9571 “Código Electoral Provincial” y de la Ley provincial N° 9572 sobre el Régimen Jurídico de los Partidos Políticos. En el marco del Fuero Electoral de la justicia de la Provincia de Córdoba opera el Tribunal Electoral Provincial Ad hoc, órgano que vela por la aplicación de estas leyes controlando también la organización y actividad de los partidos políticos, y organizando los procesos electorales. El Tribunal Electoral Provincial Ad hoc está compuesto por jueces: a) el titular del Juzgado Electoral Provincial quien ejerce la presidencia y, durante su desempeño como tal, es equiparado a Vocal, b) Dos (2) Vocales de Cámara provinciales de cualquier fuero, en actividad o jubilados, designados por el Tribunal Superior de Justicia, los que ejercen la función sólo para la elección convocada. Es el Tribunal Electoral Provincial Ad hoc el que forma, corrige, e imprime las listas provisionales y los padrones definitivos. También atiende los reclamos de los ciudadanos/as y apoderadas/os de los partidos políticos. Debido a sus facultades el Tribunal Electoral conforme a la ley provincial Nº 9840 se encarga de las regulaciones sobre el régimen jurídico de los partidos políticos (Ley Provincial N°9572) y la Ley Provincial N°8901 sobre el Principio de participación equivalente de géneros en las elecciones. Esta normativa es fundamental para hacer efectiva la participación política igualitaria de las mujeres en los procesos electorales.

Presidenta M
Vocal M
Vocal V
Vocal V
Vocal M
Vocal V
Jueza Electoral  M
Secretaria Electoral M
Total integrantes 8
Cantidad de Mujeres 5
Mujeres
Varones