Justicia ElectoralLa Justicia Electoral en la Provincia de Entre Ríos es la encargada de la aplicación de la Ley Provincial N° 2.988 sobre el sistema electoral y la Ley Provincial N° 5.710 sobre Partidos Políticos. El Tribunal Electoral de la Provincia de Entre Ríos es el órgano que vela por la aplicación de estas leyes, controlando también la organización y actividad de los partidos políticos, y organizando los procesos electorales. El Tribunal Electoral de la Provincia de Entre Ríos está compuesto por miembros pertenecientes al Poder Judicial y al Poder Legislativo. Está presidido por el/la Presidente/a del Superior Tribunal de Justicia, otro/a miembro del Superior Tribunal de Justicia, uno/a de los/las jueces de Primera Instancia de la capital, el/la Vicepresidente/a primero del Senado y el/la Presidente/a de la Cámara de Diputados o sus representantes legales. Entre las competencias del organismo están: la organización y control de los comicios provinciales, proclamando los candidatos/as electos/as; la administración del Registro Cívico (Padrón); es Autoridad de aplicación de la Ley Nº 5.170 de Partidos Políticos; el reconocimiento Jurídico-Político de partidos provinciales y municipales; el Control de estatutos y cartas orgánicas partidarias; el Control de afiliaciones partidarias provinciales y municipales; el Control de libros y documentos partidarios; el Control patrimonial; el Registro de autoridades y apoderados partidarios; y actuar como Tribunal de Alzada de las Juntas Electorales Departamentales. También atiende los reclamos de los ciudadanos/as y apoderadas/os de los partidos políticos. Debido a sus facultades la justicia electoral, a partir de la Junta Electoral conforme a la Ley Provincial N° 5.710, se encarga de las regulaciones sobre el régimen jurídico de los partidos políticos y la ley Nº 10.844 sobre la paridad de género en la provincia de Entre Ríos. Esta normativa es fundamental para hacer efectiva la participación política igualitaria de las mujeres en los procesos electorales.